El Kit Digital parecía cerrado. Las convocatorias principales se agotaron a finales de 2025 y muchas pymes se quedaron pensando que ya no había tren que coger. Y entonces, el 26 de enero de 2026, salió publicada en el BOE la Orden TDF/39/2026, que reabre el grifo con los fondos que sobraron de convocatorias anteriores. Esta convocatoria de Kit Digital 2026 remanentes es la que tienes que conocer si tienes entre 0 y 49 empleados y todavía no has usado tu bono, y conviene moverse rápido porque esta vez no hay fecha límite fija: hay fondos limitados.
Qué ha cambiado con la Orden TDF/39/2026
Table of Contents
La novedad clave no es un programa nuevo. Es una redistribución de dinero que ya estaba presupuestado pero que no se llegó a conceder en su momento, bien porque se agotó el plazo de alguna convocatoria, bien porque hubo solicitudes que se quedaron sin financiar por falta de fondos.
El orden de prioridad que se ha establecido es este: primero se atienden las solicitudes que quedaron en lista de espera por falta de presupuesto en convocatorias anteriores, y después se abre a solicitudes nuevas con lo que quede.
Esto es importante para calibrar expectativas: si ya solicitaste el bono hace tiempo y te quedaste fuera por agotamiento de fondos, tienes prioridad. Si es tu primera vez, tienes que estar atento a cuándo se abre la ventana para nuevas solicitudes y moverte en cuanto lo haga.
Quién puede pedirlo ahora
Los tres segmentos del programa se mantienen, con un cambio favorable en el más pequeño:
| Segmento | Empleados | Bono máximo | Antigüedad exigida |
|---|---|---|---|
| Segmento I | 10 – 49 | 12.000 € | Alta previa según convocatoria |
| Segmento II | 3 – 9 | 6.000 € | Alta previa según convocatoria |
| Segmento III | 0 – 2 | 2.000 € | 6 meses de alta (antes se pedían 12 en algunos casos) |
La rebaja de antigüedad exigida en el Segmento III a seis meses abre la puerta a autónomos y microempresas muy recientes que antes se quedaban fuera. Si diste de alta tu actividad hace poco, merece la pena comprobar si ya cumples el requisito.
En qué se puede gastar el bono
El catálogo de soluciones de digitalización no ha cambiado en su estructura. Las categorías que más aplican a un negocio que quiere una presencia digital seria son:
- Sitio web y presencia en internet. Diseño y desarrollo de una web profesional, con posicionamiento básico incluido.
- Comercio electrónico. Creación de una tienda online con pasarela de pago.
- Gestión de redes sociales. Estrategia y gestión de perfiles.
- Gestión de clientes y procesos. Herramientas de CRM y gestión de leads.
- Business Intelligence y analítica. Cuadros de mando para decisiones basadas en datos.
Para un negocio que aún no tiene web, o que la tiene pero anticuada y sin estructura de captación, la categoría de sitio web suele ser la de mayor retorno inmediato: es la base sobre la que luego funciona todo lo demás, desde el posicionamiento hasta la publicidad.
Cómo se gestiona en la práctica
El proceso, simplificado, tiene estos pasos:
- Darse de alta como beneficiario en el Área Privada de la sede de Acelera Pyme.
- Comprobar el nivel de digitalización mediante el test que se solicita en el propio proceso.
- Solicitar la ayuda dentro de la convocatoria de tu segmento, cuando esté abierta.
- Recibir la concesión y elegir un agente digitalizador adherido al programa.
- Firmar el acuerdo de prestación con el agente, que formaliza qué se va a desarrollar.
- Ejecución del proyecto en los plazos que marca cada categoría de solución.
El punto que más dudas genera es el cuarto: no cualquier empresa de diseño web puede cobrar el bono, tiene que estar dada de alta como agente digitalizador adherido en el catálogo oficial. Antes de comprometerte con nadie, comprueba que figura en el listado publicado en la sede de Acelera Pyme, que es la fuente oficial del programa.
Los errores que hacen perder el bono
Hemos acompañado a varios clientes en el proceso y los tropiezos se repiten:
- No comprobar el CNAE. Algunas actividades quedan excluidas o con condiciones especiales. Revísalo antes de dar nada por hecho.
- Contratar a un agente no adherido pensando que se puede regularizar después. No se puede.
- No cumplir los plazos de ejecución una vez concedida la ayuda. Cada categoría tiene un plazo máximo y superarlo puede suponer perder la subvención.
- Pedir una solución que no encaja con el negocio real. El bono de comercio electrónico no sustituye a un CRM si lo que necesitas es ordenar tu cartera de clientes.
- Esperar a última hora. Con fondos limitados y sin fecha de cierre fija, quien solicita antes tiene más opciones.
Con o sin ayuda, la decisión de fondo es la misma
El bono cubre el coste, pero no decide por ti qué necesita tu negocio. Antes de elegir la categoría, conviene preguntarse lo de siempre: ¿tu web actual capta clientes o solo existe? ¿Tienes forma de vender online o pierdes ventas por no tenerla? ¿Sabes qué hace tu negocio con los datos que ya genera?
Si la respuesta apunta a que la base digital del negocio está floja, tiene sentido concentrar el bono ahí antes que repartirlo en herramientas que no vas a aprovechar del todo. Es la misma reflexión que hacemos en cualquier proyecto de digitalización de empresa, con o sin ayuda pública de por medio. Si quieres repasar antes qué cubre exactamente el bono para una web nueva, tenemos una guía específica sobre el Kit Digital para diseño web, y un repaso más general del programa en nuestra guía sobre el programa Kit Digital.
Preguntas frecuentes sobre el Kit Digital 2026
¿Ya usé el Kit Digital en 2023, puedo pedirlo otra vez?
Depende de la categoría y de si agotaste el importe de tu bono anterior. Algunas soluciones permiten una segunda solicitud si no se consumió el importe completo o si ha pasado el tiempo mínimo exigido. Conviene comprobarlo en tu Área Privada antes de asumir nada.
¿Hay fecha límite para solicitar los fondos remanentes?
No hay una fecha de cierre fija anunciada como en convocatorias anteriores. El criterio es el agotamiento del presupuesto disponible, así que en la práctica actúa como una carrera contrarreloj sin cronómetro visible.
¿Puedo elegir yo a la empresa que me hace la web?
Sí, siempre que esté registrada como agente digitalizador adherido al programa Kit Digital. Fuera de esa lista, el trabajo no es subvencionable aunque el resultado sea idéntico.
¿Quieres usar tu bono en una web que realmente capte clientes?
En Octonove llevamos más de diez años diseñando webs y trabajando la digitalización de pymes de Cartagena y de toda España. Si tienes el bono del Kit Digital concedido, o quieres comprobar antes si te corresponde con esta convocatoria de Kit Digital 2026 remanentes, podemos ayudarte con la parte técnica del proyecto: qué necesita de verdad tu web y cómo aprovechar el importe sin malgastarlo en algo que no vas a usar.
Cuéntanos tu caso y lo revisamos juntos. Si quieres ver primero el conjunto de servicios, aquí está nuestra página de digitalización de empresas.